Son pillados intentando no pagar un carro de la compra de casi 500 euros

Marido y mujer, esta le dejó pasar por la caja del supermercado en el que trabajaba

elquindiano.com

Suele comentarse que la unión hace la fuerza. Y esto mismo, incluso llevado hasta sus ultimas consecuencias, debió de pensar un matrimonio que trató de hacer un "simpa" con el carro de la compra. Este estaba valorado en casi 500 euros. En consecuencia, el hombre, quien esos momentos tenía 62 años, fue detenido.

Los hechos tuvieron lugar en un supermercado de la alicantina ciudad de Elche, explica en una nota el propio Consistorio ilicitano este 16 de enero. Se da la circunstancia de que la mujer estaba trabajando como cajera cuando tuvo lugar el suceso, el pasado mes de diciembre. Esta le dejó pasar sin abonar los 491,77 euros correspondientes a la compra.

Ante lo ocurrido, el varón fue retenido y se avisó a la Policía Local del municipio. Es por ello que una dotación se trasladó al lugar de la Avenida de Alicante en el que se encuentra el establecimiento. Una vez allí, el responsable del negocio les explicó la maniobra que habían llevado a cabo. Según detalla 'El Debate'', él habría sido la persona que se percatara de lo que sucedía y quien advirtiera sobre ello.

Al ser interrogados por los agentes, la pareja confesó que habían decidido usar ese "modus operandi" con el proposito de perpetrar el hurto. En consecuencia, el hombre fue detenido y trasladado a dependencias policiales.

Perteneciente al 'Grupo Vocento', 'Todo Alicante' señala que, al tratarse de un hurto en un establecimiento comercial, el acusado se enfrenta a una pena de seis a 18 meses de cárcel. Recogido en el artículo 234 del Código Penal, esto sucede cuando cuando la apropiación de cosas ajenas con animo de lucro excede de los 400 euros.

Por contra, si ese valor es inferior a esa cuantía se trata de un "delito leve de hurto". Asimismo, este hipotético no es considerado un robo, ya que en este debe haber "violencia o intimidación". En esta situacion se impondría una pena de multa de uno a tres meses.

A no ser que, tal y como recoge su artículo 235, sean sustraídas cosas de valor artístico, cultural, de primera necesidad o que causen desabastecimiento. También en casos de conducciones, cableado u originen prejuicio grave contra explotaciones ganaderas y agrícolas. Se tiene en cuenta su especial gravedad, que se ponga en una grave situación economica a la familia o que el acusado lo haya sido anteriormente por tres delitos de este tipo. O el usar menores de 16 años y ser miembro de una organización o grupo criminal.






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