FACUA denuncia a Yelmo Cines por no permitir consumir productos del exterior

Argumenta que es una cláusula abusiva que limita los derechos del consumidor

latercera.com

Considerando que recurre a una cláusula abusiva que limita los derechos del consumidor, FACUA-Consumidores en Acción ha interpuesto una demanda a Yelmo Cines en los juzgados de primera instancia de Madrid. Ello debido a que, la que es la segunda cadena de exhibición cinematográfica del país, no permite "el acceso a sus salas con bebida y comida comprada fuera de sus establecimientos".

Según explica FACUA en una nota de prensa, Yelmo Films SLU pretendería ampararse "en el ejercicio de un supuesto derecho de admisión". Partiendo de ello, esta no sería "la actividad esencial definitoria del cine", por lo que no  podría ejercer esa facultad "como si se tratase de un restaurante". Se trataría de "un servicio complementario y el motivo principal por el que los usuarios acuden a Yelmo es para ver una película".

Con más de 500 salas en 23 provincias a nivel estatal, hay dos en Bizkaia, la cadena "vende productos a precios hasta 13 veces más caros que los que pueden encontrarse en otros establecimientos". Es decir, la persona que quiera hacer uso de sus servicios en Madrid debe pagar hasta 2,70 euros por una botella de agua mineral de 50 centilitros frente a los 20 céntimos que abonaría en un supermercado. En el caso de una Coca-Cola del mismo tamaño serían 4,95 euros ante 1,39. 

Asimismo, el consumidor se ve en la obligación de adquirir los productos de "la propia empresa" si quieren comer o beber algo en las salas. FACUA esgrime que esto llega al "extremo de que ni tan siquiera pueden llevar un recipiente propio con agua del grifo". Esta práctica imposibilitaría conseguirlos a un mejor precio "en un establecimiento diferente o que lleve los que él mismo haya podido producir".

El Derecho de Admisión no lo ampararía

Aunque la compañía advierte sobre ello en su página web al momento de comprar las entradas, el Derecho de Admisión no estaría amparado por la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas madrileña. Según el artículo 24.2 de la Ley autonómica 17/1997, este tiene como finalidad "impedir el acceso de personas que se comporten de manera violenta". Ello con tal de evitar que se produzcan molestias al usuario o público, incluso que se pueda alterar "el normal desarrollo del espectáculo o actividad".

De acuerdo a lo argumentado por FACUA, Yelmo incurriría en una práctica abusiva al momento de "imponer a los consumidores que quieran comer o beber la compra de los productos en su propio establecimiento". Y es que no actuaría en concordancia a lo establecido por el artículo 89.4 del Real Decreto Legislativo 1/2007. Mediante este se aprobó el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

Por su parte, en declaraciones a 'El Mundo', el periodista y portavoz de la entidad, Rubén Sánchez, ha explicado que esperan que "Yelmo de marcha atrás en toda España antes de que se produzca una sentencia". En su opinión, "evidentemente", la práctica se realiza con ánimo de lucro y no con tal de proteger a los espectadores del ruido, "por ejemplo". Ha añadido que el propósito de FACUA es que si hubiera "otros establecimientos que estén incurriendo en las mismas prácticas retrocedan en ellas".


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